Como adelantamos a principio de año el monotributo parecía totalmente olvidado, ya que hace aproximadamente cuatro años que no se planteaban actualizaciones en los límites de facturación. Esto generó, durante mucho tiempo, injusticias impositivas que llevaban a contribuyentes a pagar cuotas de monotributo más altas de las que le correspondían si se los comparaba con lo que tributaban sus equivalentes en relación de dependencia. Como señalamos en el artículo anterior, dos tributistas (uno dependiente y el otro monotributista) que, por ejemplo, ganaran $15.000 al mes tendrían cargas impositivas muy dispares: el dependiente pagaría solo $2.700 mientras el monotributista pagaría $21.110 es decir, casi 8 veces más. Aunque esta comparación no es totalmente adecuada ya que no tiene en cuenta los pagos de aportes jubilatorios y por obra social del dependiente (mientras que sí los tiene en cuenta en el caso del monotributista, aunque sean negligibles), grafica el desajuste en la estructura tributaria argentina.
Asimismo, el problema de la desactualización del régimen también provocaba que actualmente un grupo de tributistas se encontraba excluído por superar los ingresos máximos permitidos, no a causa de un crecimiento económico y profesional de éstos sino por la mera desactualización en las escalas del régimen.
El 12 de septiembre el titular de la AFIP Ricardo Echegaray firmó la resolución general N° 3.529 la cual dispone una duplicación en los topes de facturación, congelados desde el año 2010. En el cuadro siguiente se pueden apreciar las modificaciones en las categorías antes y después del decreto N ° 3.529: